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Senado aprueba Ley Olimpia con cambios; regresa a Diputados

Senado aprueba Ley Olimpia con cambios; regresa a Diputados

Nación viernes 06 de noviembre de 2020 - 01:31

Por Alejandra Balandrán Olmedo
nacion@contrareplica.mx

El pleno del Senado aprobó por unanimidad reformas a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia —Ley Olimpia— y el Código Penal Federal, con lo que se sancionará hasta con nueve años de cárcel la violencia digital y mediática y se combatirá el hostigamiento y difusión de contenido sexual en contra de mujeres en plataformas de internet o redes sociales.

Olimpia Coral Melo, cuyo video íntimo fue difundido en internet sin su consentimiento, impulsó junto con activistas y legisladoras reformas a códigos penales estatales. De ahí viene el nombre de Ley Olimpia. La reforma fue regresada a la Cámara de Diputados por las modificaciones que se realizaron.

También se sanciona la violencia mediática que se comete cuando cualquier medio de comunicación promueve estereotipos sexistas, hace apología de la violencia contra las mujeres y las niñas, produce o permite la producción y difusión de discurso de odio sexista, discriminación de género o desigualdad entre mujeres y hombres, que cause daño a las mujeres y niñas.

La llamada Ley Olimpia incorpora la violencia mediática como todo acto a través de cualquier medio de comunicación, que promueva estereotipos sexistas, haga apología de la violencia contra las mujeres y las niñas, produzca o permita la producción y difusión de discurso de odio sexista, discriminación de género o desigualdad entre mujeres y hombres, que cause daño a las mujeres y niñas de tipo psicológico, sexual, físico, económico, patrimonial o feminicida.

La Cámara Alta también acordó modificar el Código Penal Federal para tipificar el delito de violación a la intimidad sexual e imponer una pena de tres a seis años de prisión y una multa de 500 a mil Unidades de Medida y Actualización a quien videograbe, audiograbe, fotografíe, imprima o elabore, divulgue, comparta, distribuya o publique imágenes, videos o audios de contenido íntimo sexual de una persona que tenga la mayoría de edad, sin su consentimiento, aprobación o autorización.

Sin embargo, el mínimo y el máximo de la sanción se incrementaría hasta en una mitad si el delito se comete por el cónyuge, concubinario o por cualquier persona con la que la víctima tenga o haya tenido una relación afectiva o de confianza; si el ilícito es cometido por un servidor público en ejercicio de sus funciones; si se atenta contra una persona que no pueda comprender el significado del hecho; o cuando la víctima atente contra su integridad como consecuencia de las agresiones; es decir, la pena puede aumentar a nueve años de prisión.

La presidenta de la Comisión para la Igualdad de Género, Martha Lucía Micher, del partido Morena, señaló que ésta era una deuda con las mujeres, niñas y adolescentes que han sido víctimas de estas modalidades de violencia.

Por su parte, la senadora de Morena, Blanca Estela Piña, destacó la labor de las organizaciones civiles, “quienes trazaron la ruta para que la violencia digital y mediática sea considerada un delito”.

La legisladora de Movimiento Ciudadano, Indira Kempis Martínez, manifestó que internet debe ser un espacio seguro. “El futuro de México será libre de violencia para las mujeres o no será”, reiteró.

Destacó que los asambleístas rechazaron la propuesta de la senadora panista Xóchitl Gálvez para incorporar a ambos géneros en la reforma.

Alrededor de 25 congresos estatales han aprobado la llamada Ley Olimpia, entre otros, la Ciudad de México, Jalisco, Sonora, Quintana Roo y Puebla.

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JG/CR

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