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Juez en Puebla reconoce relaciones poliamorosas

Juez en Puebla reconoce relaciones poliamorosas

Puebla miércoles 20 de julio de 2022 - 18:08

El amparo se promovió tras una queja de una persona contra los artículos 294 y 297 del Código Civil de a entidad poblana

Por Guadalupe Juárez

Con amparo, un juzgado federal en Puebla reconoció las relaciones poliamorosas, al considerar inconstitucional y discriminatorio negarles la posibilidad de concubinato y matrimonio.

Lo anterior, al resolver el Juicio de amparo 1227/ 2020 en el Juzgado Octavo de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y Juicios Federales en el Estado de Puebla.

De acuerdo con la sentencia emitida en mayo de 2021 por el juez Pedro Arroyo Soto, el amparo se promovió tras una queja de una persona contra los artículos 294 y 297 del Código Civil de Puebla en los que se establece que el matrimonio o el concubinato sólo pueden celebrarse entre dos personas.

Esto —arguyó el quejoso quien reside en la entidad poblana— excluía a las demás preferencias sexuales, entre ellas las relaciones compuestas por dos o más personas de forma simultánea, conocida como relaciones poliamorosas.

El afectado aseguró que tiene inclinación y preferencia a mantener relaciones amorosas y afectivas con varias personas de manera simultánea, con el consentimiento de todos los involucrados.

El juez justificó su decisión en la postura de la Suprema Corte de Justicia de la Nación al señalar que se pueden impugnar normas “heteroaplicativas” en el ordenamiento jurídico, las cuales pueden ser estigmatizadoras y terminan por proyectar un mensaje discriminatorio.

Por tanto, afirmó que el negarle esta opción al quejoso contravenía al artículo 1 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la cual establece que está prohibida toda discriminación motivada por las preferencias sexuales de una persona.

Concluyó que los dos artículos mencionados del Código Civil de Puebla vulneran los principios de igualdad y no discriminación en perjuicio del quejoso, por lo que los consideró inconstitucionales.

Así, otorgó el amparo a la persona que lo promovió para poder contraer matrimonio o una relación de concubinato con todos sus beneficios legales entre más de dos personas que así lo consientan.

La sentencia fue dada a conocer por varios usuarios en redes sociales, entre ellos Miguel Carbonell, director del Centro de Estudios Jurídicos Carbonell.

Foto: Especial

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HG/CR

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