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Aprueban acceso del SAT a datos de plataformas digitales

Aprueban acceso del SAT a datos de plataformas digitales

Nación jueves 16 de octubre de 2025 - 14:02

La Cámara de Diputados aprobó reformas al Código Fiscal Federal que obligan a las plataformas digitales —incluyendo servicios de streaming, educación en línea, sitios de citas, marketplaces, entre otros— a proporcionar acceso en línea y en tiempo real al Servicio de Administración Tributaria (SAT) a sus sistemas y registros.

Entre los servicios afectados se encuentran plataformas de entretenimiento (como Netflix, Disney+, Spotify), aplicaciones de citas (Tinder, Bumble), educación virtual, sitios de intermediación y servicios de entrega. La medida busca que el SAT supervise el cumplimiento de obligaciones fiscales de las empresas y los usuarios que obtienen ingresos mediante estas plataformas. En caso de incumplimiento, el SAT podría bloquear temporalmente el acceso al servicio digital.

Aunque originalmente la medida entraría en vigor el 1 de enero de 2025, tras el debate legislativo se aplazó su puesta en marcha al 1 de abril de 2025, para dar margen a las empresas a adaptar su tecnología y a las autoridades a definir las reglas técnicas y operativas. El SAT definirá las especificaciones técnicas y de registro, mientras que la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones coordinará los aspectos tecnológicos y de análisis de los datos.

La reforma incorpora otros cambios destacados:

- Posibilidad de suspender temporalmente Certificados de Sello Digital si los comprobantes fiscales no cumplen ciertos requisitos.

- facultades del SAT para negar la inscripción de personas morales al RFC si participan en empresas con prácticas de facturación falsa.

- Presentación de querellas penales por emisión de comprobantes falsos.

- Nuevas formas de garantía fiscal como billetes de depósito y cartas de crédito.

- Para quienes tributan bajo el Régimen Simplificado de Confianza, se elimina la obligación de presentar declaración anual.

- Ampliación del plazo para notificaciones personales, de tres a veinte días hábiles.

El dictamen aprobado será enviado al Senado para su análisis y eventual ratificación.

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HG/CR

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