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La consulta popular, su finalidad y características principales

La consulta popular, su finalidad y características principales

Columnas miércoles 22 de marzo de 2023 - 00:27

La consulta popular es un mecanismo de participación ciudadana mediante el cual las y los ciudadanos expresan su opinión sobre uno o varios temas de trascendencia nacional.

De acuerdo al Instituto Nacional Electoral (INE), la consulta popular es un mecanismo directo de participación en el que la ciudadanía aprueba o rechaza una o varias propuestas planteadas con anterioridad sobre temas de interés público.

La citada consulta se ejerce a través de la emisión del voto libre, secreto, directo, personal e intransferible. El INE tendrá a su cargo la organización, desarrollo, cómputo y declaración de resultados de la misma, la cual se realizará el mismo día de la jornada electoral.

Son materia de consulta popular los temas de trascendencia nacional o regional competencia de la Federación. La trascendencia nacional de los temas que sean propuestos para consulta popular, será calificada por la mayoría de los legisladores presentes en cada Cámara, con excepción de la consulta propuesta por los ciudadanos, en cuyo caso lo resolverá la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

También es importante mencionar que el resultado de la consulta popular es vinculante para los poderes Ejecutivo y Legislativo federales, así como para las autoridades competentes, cuando la participación total corresponda, al menos, al cuarenta por ciento de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores de la entidad o entidades federativas que correspondan.

En México, existe una Ley Federal de Consulta Popular, misma que fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el catorce de marzo de dos mil catorce; la que es reglamentaria de la fracción VIII del artículo 35 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es de orden público e interés social, y de observancia en el orden federal.

La citada ley tiene por objeto regular el procedimiento para la convocatoria, organización, desarrollo, cómputo y declaración de resultados de la consulta popular y promover la participación ciudadana en las consultas populares.

Otra característica importante es que podrán solicitar una consulta popular, el Presidente de la República, el equivalente al treinta y tres por ciento de los integrantes de cualquiera de las Cámaras del Congreso, o las ciudadanas y los ciudadanos en un número equivalente, al menos, al dos por ciento de las personas inscritas en la lista nominal de electores, para el caso de temas de trascendencia nacional.

El uno de agosto de dos mil veintiuno, se llevó a cabo en México la primera consulta ciudadana en la que se buscó enjuiciar a expresidentes, a propuesta del Presidente de la República Andrés Manuel López Obrador.

Desde mi óptica, es importante reflexionar sobre la manera de usar este tipo de herramientas de participación democrática, pues se debe poner especial cuidado en que no se haga mal uso de estos instrumentos democráticos, ya que, si pueden ser de gran utilidad siempre y cuando se empleen de manera adecuada, puesto que versan sobre diversos temas de interés nacional.

Magistrada del Tribunal Electoral del Estado de Puebla

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/CR

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