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Explotación de litio, exclusiva del Estado mexicano: SCJN

Explotación de litio, exclusiva del Estado mexicano: SCJN

Nación jueves 05 de diciembre de 2024 - 13:55

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) reafirmó que el Estado tiene la exclusividad en la explotación del litio y de minerales radiactivos, al considerarlos de utilidad limitada. Esta determinación se tomó al aplicar el principio de “supremacía constitucional”.

De forma unánime, la Segunda Sala aprobó el proyecto presentado por el ministro Alberto Pérez Dayán, en el que se dejó sin estudio un amparo interpuesto por una empresa minera en Chihuahua. La compañía impugnó el decreto de la Ley Minera de 2022, que otorga al Estado la exclusividad en la explotación del litio.

El amparo fue promovido por Grupo Bararal, titular de la concesión minera 246359 en el lote San Pedro, ubicado en Satevó, Chihuahua.

Argumentaron que su concesión, vigente hasta 2068, les permite explorar y explotar minerales distintos a los componentes de los terrenos.

Los quejosos señalaron que la reforma impulsada por el expresidente López Obrador afecta su título de concesión y viola artículos constitucionales al restringir derechos otorgados mediante una ley secundaria.

Ante estos argumentos, la Segunda Sala desestimó el amparo en revisión. Precisó que, aunque se declarara inconstitucional la Ley Minera,
el artículo 27 de la Constitución establece que el Estado no otorgará concesiones para la explotación de litio, lo que anula cualquier beneficio potencial para la parte quejosa.

Por otro lado, el proyecto señala que la norma constitucional “impide la existencia de concesiones sobre ese mineral específico (litio); y aunque se sostiene en los conceptos de violación que la ley secundaria reclamada transgrede el principio de no retroactividad en perjuicio, tal argumento no puede plantearse válidamente respecto de una norma constitucional que rige sobre el tema en concreto”.



Imagen: Especial

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HG/CR

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