facebook comscore
Edil de Tehuacán viola orden judicial que prohíbe fuegos artificiales

Edil de Tehuacán viola orden judicial que prohíbe fuegos artificiales

Puebla jueves 12 de junio de 2025 - 11:50

Por Guadalupe Juárez


El presidente municipal de Tehuacán, Alejandro Barroso Chávez, violó una orden judicial definitiva que prohíbe los fuegos artificiales en el municipio, por lo que un juez de distrito dio vista al ministerio público federal y el edil podría ser sancionado con nueve años de cárcel, destitución de su cargo o inhabilitación para ejercer funciones públicas.

Así lo dieron a conocer las asociaciones TAC y Círculo de Amparo a través de un comunicado de prensa, en el que explicaron que el edil morenista reincidió en dicha conducta, al encabezar un evento oficial el pasado 10 de mayo en el Palacio Municipal.

En el evento organizado por el Ayuntamiento asistió el presidente municipal, el director de Gobierno, Ernesto Palacios Vélez y el regidor de Gobernación Alejandro Flores Trujillo.

“Alejandro Barroso no sólo es responsable jerárquico, sino también autor material del desacato, al intervenir personalmente en la ejecución del acto prohibido, con pleno conocimiento de la sentencia federal vigente”, dice el escrito.

En 2024, el gobierno municipal incumplió dicha orden, por lo cual la juez Cuarta de Distrito les había advertido que un nuevo acto sería considerado residencia.

Hay que recordar que hay una resolución de amparo de 2023, ratificado con una sentencia definitiva del 29 de abril de 2024, la cual es la primera en su tipo en México y América Latina al prohibir el uso de fuegos artificiales por motivos de salud y medio ambiente.

Esta ordena al Ayuntamiento de abstenerse del uso de pirotecnia, y le impone la obligación de proteger el derecho de toda persona a un medio ambiente sano, por lo que debe establecer las medidas necesarias para prevenir y sancionar el uso de fuegos artificiales.

El desacato fue notificado al juzgado de Distrito, quien dio vista al ministerio por la probable comisión del delito previsto en el artículo 262, fracción III de la Ley de Amparo.

Envie un mensaje al numero 55-11-40-90-52 por WhatsApp con la palabra SUSCRIBIR para recibir las noticias más importantes.

HG/CR

Etiquetas


Notas Relacionadas
+ -